miércoles, 19 de enero de 2011

¡Qué derecho constitucional ni ocho cuartos!

De vez en cuando, abogados o legos atrevidos esgrimen un mal entendido derecho constitucional, en apoyo o como justificación de un acto.  La Secretaria del Departamento de la Familia -que es abogada, pero no lo parece -  confrontada con la denuncia de una francachela partidista en horas laborables y con uso de propiedad pública de su agencia, aunque ha accedido a investigar, ha puesto por delante la «libertad de asociación».  Uno no sabe si la licenciada Irizarry es ignorante o cínica...o ambas cosas. No hacen falta estudios de Derecho ni de otra cosa para saber que aquí no está de por medio la libertad de asociarse o reunirse, sino si es propio que unos empleados gubernamentales se reúnan en horas laborables, con fines partidistas, a ingerir licor transportado en vehículos oficiales.

Además del disparate jurídico, lo expresado por la Secretaria delata lo que los abogados llamamos un «ánimo prevenido», es decir, la predisposición - en este caso exculpatoria - a juzgar antes de conocer la prueba, algo que incapacita de ejercer esa función rectamente.

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