El caso del representante Héctor Ferrer presenta -- más allá del morbo público -- interesantes consideraciones jurídicas. La primera es su situación procesal penal, es decir, en calidad de qué permanece detenido en un cuartel de la Policía algunas 14 o 15 horas después del incidente con su esposa cuyos visos no están del todo claros. En nuestro sistema, la policía puede detener a una persona brevemente con fines investigativos; de lo contrario, para retenerla, la tiene que arrestar, si tiene «motivos fundados para creer que ha cometido un delito». Pero, si la arresta, la tiene que llevar «sin demora innecesaria» ante un magistrado, para validar el arresto. Eso no ha ocurrido aquí. Ferrer está privado de su libertad, pero se sigue hablando de que está «detenido», algo que, en estas circunstancias, es improcedente en Derecho.
Llama poderosamente la atención que su abogado -- un experimentado colega -- haya permitido que situación tan anómala se prolongue tanto tiempo, sin haber hecho las gestiones básicas para que se libere a su cliente. Algo extraño ocurre, cuando abogado y cliente -- quien también es abogado -- han consentido una desviación tal del procedimiento penal, que, a la vez, se ha convertido en un bochornoso espectáculo público.
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