Dentro de la histeria francesa y europea por los ataques terroristas de todos conocidos, algo de sensatez asoma en la decisión de un tribunal parisino de prohibir una manifestación anti-islámica hoy. Con ello se comprueba que el Derecho reconoce que hay circunstancias en las que ejercer un derecho constitucional -- aun de los de más alto rango -- es contrario al interés público, por motivos de seguridad, por ejemplo. Evidentemente, el tribunal ha hecho la distinción razonable entre una manifestación de duelo y afirmación patriótica, y una de ataque a una etnia o grupo religioso, que, con toda probabilidad, resulte incendiaria en una situación ya explosiva.
El fundamento de «razón de Estado» para las decisiones debe basarse en, precisamente, la razón y la sensatez.
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