sábado, 21 de enero de 2012

Libertad, igualdad, fraternidad... y constitucionalidad

Muy correctamente, una comisión senatorial francesa se ha pronunciado en contra de un proyecto de ley que prohibiría negar públicamente la ocurrencia de un genocidio. El asunto tiene fuerte resonancia en Europa, a la luz de la matanza de armenios a manos turcas en 1915 y, sobre todo, del Holocausto judío a manos de los nazis. De ahí que en algunos países se haya tipificado como delito la mera negación de esos hechos históricos o  de su caracterización como genocidio, pues, se entiende que, con ello, se alienta el sentir que una vez produjo ese proceder monstruoso.

Pero, como ha reconocido la comisión legislativa gala, esta clase de legislación tiene una fuerte presunción de inconstitucionalidad, habida cuenta del derecho a la libre expresión, valor del más alto rango en el ordenamiento jurídico. La libertad de expresión no se limita a lo que nos resulte agradable o simpático; cobija también lo odioso. Cada quien adjudica buena fe y veracidad a lo que escucha, lee o ve. Se permite la expresión estúpida o tendenciosa, la cual, dependiendo de su contenido, podría dar lugar a responsabilidad civil o penal, pero no debe censurarse ni prohibirse a priori ni de manera general.

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