miércoles, 17 de noviembre de 2010

Una «caballada»

Estipulado que el maltrato a los animales es algo condenable y despreciable, la sentencia de 12 años de reclusión por maltratar a una yegua es claramente desproporcionada, frente a condenas mucho menores por actos violentos - incluso homicidios - contra seres humanos.  La proporcionalidad entre el daño y el castigo es un principio cardinal del derecho penal.  Hay, por supuesto, una escala de valores de los bienes tutelados por el derecho, en la cual deben primar aquéllos relacionados con las personas naturales.  Por más que valoremos a los animales, jamás deben estar por encima de los seres humanos; por lo cual, un daño a los primeros no debe penarse con mayor severidad que uno a los segundos.

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