La intervención policial que resulta en una detención a un ciudadano está predicada en que se tengan «motivos fundados» para creer que éste ha cometido o está cometiendo un delito. El concepto supone que se den unas circunstancias que lleven a pensar razonablemente que ello es así, sobre todo habida cuenta de unos modos de proceder que le son conocidos a la policía o la confiabilidad de las confidencias que recibe.
Una decisión de que no hay «causa probable» para arrestar por la comisión del delito de posesión de armas de fuego con silenciadores dentro de un vehículo con los cristales entintados más allá de lo permisible, tras la alerta de una confidencia, resulta sorprendente. La juez no parece haber aquilatado adecuadamente esos dos elementos. Si la información que se recibe queda corroborada con lo que se observa, y además, el vehículo tiene cristales que impiden que se vea hacia dentro, ello, a todas luces, son motivos fundados para intervenir con sus ocupantes.
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