martes, 1 de junio de 2010
Dos ruedas se ven menos que cuatro.
La propuesta de limitar el uso de la bicicleta en las vías públicas no es intrínsecamente inconstitucional, pues el derecho a transitar admite condiciones varias, tal y como ocurre con los vehículos de motor. No hay duda de que el correr bicicleta durante las horas de la noche presenta unos peligros particulares, y el Estado puede prohibirlo, como una medida que propenda a una mayor seguridad pública. Los derechos no son absolutos, y están sujetos a límites razonables de lugar, tiempo y otras circunstancias. La falta de una visibilidad adecuada, dadas las características de la bicicleta, podría ser una de esas razones que limiten su uso a ciertas horas del día.
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