Tiene razón la colega que ha señalado que no aplicar las recién aprobadas leyes de protección a los homosexuales y otros grupos marginados por cuestiones de género, porque no se hayan preparado unos protocolos para su implantación, es un mero subterfugio para no ponerlas en vigor. Ambas leyes aprobadas en mayo pasado tienen vigencia inmediata. En el caso de la ley de protección laboral, si bien es cierto que se dispuso un plazo de 90 días para que se elaborara un protocolo para su implantación en el servicio público y en el sector privado, el estatuto no condicionó su vigencia a este trámite. En lo que respecta a la ley de naturaleza penal, se menciona el ajuste de los protocolos agenciales al respecto, pero tampoco se aplaza su vigencia en espera de ello.
Las leyes hay que aplicarlas de buena fe. Resulta inadmisible que personas con la obligación de hacerlo pongan trabas a ello, por motivos ideológicos, morales o religiosos, con argumentos insustanciales en Derecho.
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