Todo parece indicar que fue un «accidente desgraciado» lo ocurrido cuando el autobús escolar se precipitó fuera de la vía de rodaje hace algún tiempo. Lo que ello quiere decir es que no hay negligencia alguna de parte del conductor, quien sufrió un síncope y, como consecuencia, perdió el control del vehículo.
Debe aclararse que, aun en casos en que la persona se desmaya, podría haber negligencia que dé lugar a responsabilidad civil. Por ejemplo, si el conductor conoce que padece de una condición para la cual toma un medicamento, y no sigue las indicaciones médicas al respecto, no puede alegar que se trata de una «emergencia súbita», si se desmaya por no haber tomado su medicamento. Igualmente, una persona que sufra de narcolepsia - sueño súbito - está avisada de la probabilidad real de quedarse dormido al volante. Incluso, alguien que, luego de una jornada fatigosa o prolongada, se duerma o se desmaye mientras conduce no está exento de responsabilidad, pues es perfectamente previsible que algo así ocurra en esas condiciones.
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