viernes, 10 de septiembre de 2010

Renuncias a destiempo

Quizá el tiempo diga otra cosa, pero las renuncias a la Oficina del Fiscal Especial Independiente, con el socorrido fundamento de evitar afectar las investigaciones y poner en entredicho la pureza de los procedimientos, la han debilitado malamente.  A corto plazo, luce como si lo que se imputa públicamente fuera cierto y los renunciantes, temerosos, hayan dejado sus cargos.  La mera imputación de conducta impropia no puede ser razón para que se renuncie a un cargo público, sobre todo, con funciones de encausar funcionarios públicos por faltas o delitos graves.  Quien no se sienta culpable debe mantenerse en su puesto, a pesar de la maledicencia en su contra; de lo contrario, bastará cualquier imputación para eliminarlo.

El peso de la prueba la tiene quien hace la imputación.  Lo que procede es que se presente la prueba, y de ser suficiente en derecho,  se tomen las medidas pertinentes contra los funcionarios involucrados en la conducta impropia.  Retirarse antes de tiempo es ceder al infundio, en detrimento de una sana administración pública.

No hay comentarios: