jueves, 30 de agosto de 2007

Sumariados

El caso de la empleada del Departamento de la Familia suspendida sumariamente ante una denuncia de soborno que ha resultado ser infundada pone de manifiesto el peligro inherente de ese tipo de medida. Los procedimientos sumarios, por definición, no toman en cuenta los méritos de una cuestión; por ello, el Derecho no los favorece. El debido procedimiento de ley exige la notificación oportuna y suficiente de los cargos, así como la ocasión de ser oído para refutarlos. Sólo en circunstancias muy singulares, de un probable daño inminente e irreparable, se deben obviar esas salvaguardas.

Lamentablemente, en muchas ocasiones, la gerencia privada y la pública recurren a los mecanismos sumarios, creyendo que con ello demuestran decisión y firmeza contra lo que perciben como irregular o malo. El apremio de la prensa también contribuye a la toma de medidas festinadamente. Cuando "se juega para las gradas," aumenta la probabilidad de cometer errores. Vale más ir al fondo de las cosas - diligentemente, por supuesto - que tener que lamentar equivocaciones hijas de la prisa.

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