El proceso que se sigue contra el exSecretario de Justicia Sánchez Betances, por violaciones éticas al situarse en medio del arresto de su amigo por conducir en estado de embriaguez, ha puesto de manifiesto argumentos jurídicos absurdos y risibles por parte de la defensa. Primero, la insistencia en que su comparecencia se hizo en su carácter de ciudadano particular, no como titular de Justicia es totalmente frívola y acomodaticia. Tanto él como su amigo se han puesto de acuerdo para sostener tan peregrina tesis; el amigo asegura que él no lo vio como Secretario, sino como amigo, y el querellado le corresponde afirmando que fue allí como tal. Véase que no se trataba de un funcionario cualquiera, sino del Secretario de Justicia presentándose a un cuartel de la Policía. La intención de influir e intimidar era evidente.
Segundo, en gran medida, lo que se dijo o se hizo no viene al caso. La mera presencia de Sánchez Betances era impropia, desde el punto de vista ético, que siempre es más riguroso que el de la legalidad. La ética sanciona la mera apariencia de lo impropio. Se trata de un principio refrendado por el Derecho, reiterado en múltiples ocasiones por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.
Tercero, la presentación, como testigos periciales o de reputación, de funcionarios y exfuncionarios que no tienen conocimiento directo de los hechos no es pertinente ni tiene valor probatorio alguno, pues, por un lado, solo se puede declarar sobre lo que a uno le consta de propio y personal conocimiento y, por otra parte, no hay en este caso complicación técnica o conocimiento abstruso que requiera el testimonio esclarecedor de un perito.
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