He dicho que el principio de proporcionalidad de la pena es parte fundamental del derecho penal, para evitar castigos excesivos. El asunto viene a cuento en el caso en Estados Unidos del hombre que, aprovechando que la pasajera a su lado en un avión dormía, le introdujo sus dedos en la vagina. Por supuesto que no se discute la gravedad del delito, merecedor de un fuerte castigo. Pero, la posibilidad de una sentencia de cadena perpetua es equiparar esta ofensa al pudor y violación a un asesinato en primer grado en muchas jurisdicciones.
El problema en este caso es que el Estado le aplicó un estatuto especial que agrava el delito porque supone que la víctima no solo estaba impedida de consentir -- en este caso, por estar dormida -- sino que se hallaba en un lugar de cierto confinamiento, a merced de su agresor, como, por ejemplo, una cárcel. Aun así, los hechos particulares del caso no justifican una privación de libertad de por vida, habida cuenta de que no hubo intimidación ni violencia, ni el daño físico fue grave.
La protección de la integridad física de la mujer es un valor social importante, pero penas exageradas por delitos contra ello pueden resultar en odiosas injusticias.
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