martes, 4 de octubre de 2011

Impunidad por «enfermedad»

La aceptación de culpabilidad por delitos que lo hacen elegible para una sentencia suspendida, por parte del empresario en contubernio de corrupción con el alcalde de Vega Baja, se perfila como un fracaso más de la justicia. De darse ese resultado negociado con la Fiscalía, para todos los efectos prácticos, quedaría impune uno de los protagonistas, y con ello se desmoraliza aun más a un país que ya no tolera tanta corrupción. Conceder la sentencia suspendida en un caso como éste sería un grave error de juicio del tribunal, que debe ser sensible al momento que se vive en la administración pública.

El fundamento que se esgrime para evitarle la cárcel al empresario --una condición cardiaca, cuya gravedad desconocemos--no debe ser óbice para que el sujeto cumpla los ocho años en prisión. Sería bueno saber si la condición es previa a su encausamiento. De serlo, evidentemente, no fue impedimento para que tramara el expolio con el alcalde. Tampoco debe serlo para que lo pague con cárcel. Si ha surgido con posterioridad, hasta cierto punto podría ser consecuencia de la tensión emocional que él mismo se creó con los actos ilegales que han dado lugar a su procesamiento. Por lo tanto, debe ser tomado como parte de su castigo y asumido por él de esa manera. Si ahora fuéramos a tomar la arritmia o una taquicardia provocadas por el nerviosismo de los acusados como un eximente de la cárcel, habrá que vaciar los penales.

No, hombre; que le den sus pastillas en la cárcel.

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