Sin mayor conocimiento del derecho de familia, excepto el general como abogado, y con la experiencia humana de ser padre hace 32 años, me parece acertado que se legisle para que la custodia compartida sea la primera opción que se examine, una vez disuelto el vínculo matrimonial. La ley debe propiciar que, luego del divorcio, la relación entre los padres y sus hijos quede lo más parecida posible a la vida en familia antes del divorcio. Descartada esa posibilidad por razones legítimas, entonces se ha de considerar cuál de los padres debe asumir esa responsabilidad de manera primaria, de acuerdo con los mejores intereses de los hijos menores.
Superado el escollo que suponía la «presunción» de custodia compartida en una versión anterior del proyecto de ley, debe darse su aprobación. Es correcto que no debe presumirse que la custodia compartida es la primera opción, pues ello impone cortapisas de índole probatoria. No obstante, sí se la debe consagrar como el primer arreglo que debe ser explorado a fondo en estos casos.
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