No deja de sorprenderme la falta de honradez intelectual de algunos abogados que comentan públicamente el proceso contra Acevedo Vilá. Estos colegas, a coro y a sabiendas, omiten aclaraciones pertinentes sobre normas y principios de derecho, con el fin de crear una opinión pública favorable al acusado, como víctima de una Fiscalía federal que lo ha encausado arbitraria y caprichosamente, sin pizca de prueba.
Por ejemplo, se insiste mucho en la falta de precisión de algunas alegaciones y de la prueba de cargo. Pero, estos abogados saben - y no lo dicen - que el Derecho admite cierto grado de imprecisión. Como cuestión de realidad, es frecuentísimo que en las denuncias o acusaciones se alegue que la comisión de un delito ocurrió «en o alrededor de tal fecha», sin que ello las invalide. Aplicando la «nueva norma» procesal de estos «jurisconsultos» que defienden a Aníbal a ultranza, no debería permitirse que se impute un delito, si el Estado no tiene la certeza absoluta de cuándo se cometió.
Tampoco debería aceptarse que se alegue en la alternativa, es decir, « x es cierto, pero aunque no lo fuera, el resultado es el mismo», algo que no deja de ser una cantinflada moral que el derecho permite cotidianamente, sin que siquiera nos sonrojemos.
Quizá es que no estoy al tanto de las nuevas normas de la prueba y lo procesal penal. Supongo, entonces, que, en adelante, esos mismos criterios se aplicarán a los demás acusados e, incluso, a los casos civiles. Auguro que, de ser así, habrá un gran desempleo en la administración de la justicia, pues no habrá juicios de clase alguna ni Dios que pruebe algo.
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