sábado, 26 de abril de 2014

Otro desacierto alcaldicio

La subasta para adquirir un bien o un servicio o realizar una obra pública es una medida de sana administración gubernamental. Esta norma no necesita mayor explicación ni justificación. Solamente por excepción se admite no celebrar una subasta en el ámbito público. La transacción que propone la Alcaldesa de San Juan con el Parque Luis Muñoz Marín no amerita que se le excluya de la aplicación de la norma de subasta. Resulta claro que se trata de favorecer indebidamente a un empresario, con el subterfugio de que el arrendamiento atiende  un «interés público». Pero, su larguísima duración, exiguo canon, limitado acceso gratuito al público y naturaleza lucrativa de la empresa en el contexto de un parque nacional de recreación pasiva sujeto a restricciones de ley lo colocan en una situación legal precaria.

Esperemos que la impugnación anunciada sea correctamente acogida en el foro judicial.

No hay comentarios: