lunes, 7 de abril de 2014

Alegadamente

Ya lo comenté hace algún tiempo, pero la reiterada terquedad de la prensa en incurrir en el error me obliga a repetirme. En noticia sobre el caso de Casellas por informar falsamente la comisión de un delito, se lee: «Hoy comienza el juicio por presuntamente mentirle a agentes federales sobre un supuesto 'carjacking' ». Los periodistas no acaban de entender que no se trata de una «presunción», sino de una «alegación». La Regla 301 de Evidencia define presunción así: «La presunción es una deducción de un hecho que la ley autoriza a hacer o requiere que se haga de otro hecho o grupo de hechos previamente establecidos en la acción». Como puede verse claramente, no puede haber una presunción de que una persona ha delinquido; todo lo contrario; lo que se presume es su inocencia, razón por la cual es el Estado el que tiene que probar su culpabilidad.

El uso de «supuesto» es también incorrecto e innecesario en este caso. Lo que se alega es que Casellas mintió sobre la ocurrencia del delito; obviamente, no le mintió sobre un «alegado» delito, sino sobre un delito que él denunció. Por todo lo anterior, la oración debió ser: «Hoy comienza el juicio por alegadamente mentirle a agentes federales sobre un 'carjacking' ».

Hay que distinguir entre el uso informal de una palabra, y el uso dentro del contexto formal y técnico de, en este caso, un proceso legal. En este último hay que atenerse rigurosamente a su significado jurídico.

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