Me parecen algo desafortunadas las declaraciones que se le atribuyen a la jueza administradora del Centro Judicial de San Juan con relación a la controversia en torno a la forma en que se tramitan las órdenes de protección en casos de violencia doméstica. Inquieta la ambivalencia y hasta cierto grado de contradicción en su posición en lo que respecta a la manera en que los jueces atienden a la parte peticionaria. Por un lado, ella señala que, si bien no es obligatorio hablar con la solicitante -- casi siempre es una mujer -- «la mejor práctica es que esa persona pase a ver al juez y que el juez la entreviste. En algunas circunstancias, no hacerlo no necesariamente conlleva un error».
Pues, a menos que los jueces sean adivinos, no veo cómo se puede aquilatar adecuadamente una prueba testifical sin entrevistar o interrogar al testigo. De otra manera, se cae en el terreno de la especulación, con respecto a un asunto muy grave cuyas consecuencias trágicas vemos todos los días. No es que sea la «mejor práctica»; es que debe ser la práctica invariable en el proceso adjudicativo. La propia juez lo reconoce más adelante cuando dice que «hay que considerar la credibilidad que se merece lo que esa persona declara. También se evalúa el comportamiento. El proceso requiere escuchar, mirar y evaluar». Dicho todo eso, ¿cómo es posible que se sostenga que «no hacerlo no necesariamente conlleva un error»?
Sé que muchos jueces piensan que son «divinos». Ahora sabemos que también creen ser «adivinos».
No hay comentarios:
Publicar un comentario