La asignación, el ajuste y el cobro de la pensión alimentaria son asuntos de la mayor controversia en los tribunales. El caso del esposo de la senadora Itzamar Peña lo pone de manifiesto. Más allá de cuál es la cuantía real adeudada - él alega que no es $21,000 sino muchísimo menos - hay expresiones suyas que revelan un ánimo que pone en duda su actitud y su buena fe en el cumplimiento de sus responsabilidades como padre alimentante. Resulta significativo que él diga que, cuando el tribunal le aumentó la pensión, no la pagó porque la cuantía «era abusiva» y él no tenía dinero. Más adelante, ante otro ajuste también se niega a pagarla por la misma razón. Evidentemente, él cree que es potestativo de una parte cumplir con las órdenes de un tribunal, es decir, las cumple si le parecen bien.
Obviamente, esto no puede ser. Los recursos de apelación y revisión son los mecanismos para plantear la inconformidad del ciudadano con un dictamen judicial. Agotada esa vía, hay que aceptar el estado de derecho. Dejar de pagar una pensión alimentaria - revestida de un gran interés público - no es ni puede ser una opción.
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