miércoles, 29 de octubre de 2014

A sabiendas

En el Derecho -- sobre todo en el penal -- mucha de la responsabilidad de un sujeto está condicionada a que sus actos hayan sido hechos a sabiendas, es decir, «de un modo cierto, a ciencia segura...con conocimiento y deliberación». Parecería que determinar algo así no debe ofrecer mayor dificultad, pero es el caso que, con alguna frecuencia, se producen decisiones jurídicas y judiciales basadas en que se estima que no es posible probar ese elemento. Entonces, no se presentan acusaciones o las que se presentan son por delitos menores. O no se encuentra causa, o se la encuentra por delitos menores. O se absuelve porque se estima que no se ha probado ese elemento.

Lo cierto es que algunos fiscales y jueces tienen una idea muy particular acerca de lo que es «a sabiendas», y la aplican de manera sorprendente en ciertos casos, para lograr resultados exculpatorios o de responsabilidad muy atenuada.

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