Por lo que cuentan testigos presenciales y rescatistas, la tragedia de los confinados que se ahogaron en la guagua que los transportaba de vuelta al penal tiene visos de negligencia, posiblemente criminal. De entrada, parece una temeridad haber tomado esa ruta conocidamente peligrosa para los vecinos del lugar, incluidos los guardias penales. Segundo, la emergencia provocada por el golpe de agua debió pesar en el ánimo de los guardias mucho más que la preocupación por la posible fuga de los presos. Era un asunto de vida o muerte de unos seres humanos totalmente indefensos, por hallarse esposados y encadenados dentro de un vehículo que se hundía en una corriente de agua embravecida. Negarse a sacarlos los condenó irremediablemente a la muerte.
He dicho antes que la ley no puede interpretarse de manera absurda. Toda normativa tiene que ceder ante una situación de emergencia que no admite su aplicación racional. Los guardias penales confundieron el celo en su desempeño del deber con la crueldad que resultó en la muerte de ocho seres humanos a quienes se les negó una oportunidad mínima de salvar sus vidas.
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