sábado, 28 de junio de 2014

[In]debido procedimiento de ley

Se lo he dicho a algunos colegas: en Puerto Rico padecemos de un exceso de «debido procedimiento de ley». Contrario a lo creen los americanos, "too much of a good thing can be bad." No hay duda del valor teórico y práctico de ese principio general del Derecho, pero, en demasía, esa virtud se convierte en vicio. El sistema de administrar la justicia arrastra los pies en su proceso decisional, y suele defenderse alegando que se trata de respetar el «debido procedimiento de ley» y ponderar adecuadamente los argumentos de las partes.

Pues, les tengo noticias. Todo eso se puede hacer en menos tiempo. No es necesario celebrar vistas para todo, recibir pueba de todo, y tardarse una eternidad en despachar lo patentemente frívolo y resolver conforme a Derecho. Los tribunales, tanto los de instancia como los apelativos en sus dos niveles, pueden y deben adjudicar con sentido de urgencia. Eso incluye a los órganos del Poder Judicial con funciones investigativas y de emitir recomendaciones. Hace poco señalé que el manejo del caso de juez Acevedo va muy acompasadamente. Ahora se anuncia que se le ha referido a la Comisión de Disciplina Judicial, mientras todavía no terminan de investigar en la Oficina de Asuntos Legales  de la Administración de los Tribunales.

¡Que avancen, que, si le creemos a nuestros hermanos evangélicos, Cristo viene y el Juicio Final está a la vuelta de la esquina...

No hay comentarios: