sábado, 3 de julio de 2010

Emplazamiento «putativo»

No entiendo cuál es el problema para emplazar al Presidente del Senado en el pleito del senador Bhatia.  El emplazamiento no tiene que ser personal.  ¿Acaso no sería suficiente con entregarlo a su secretaria o al Secretario del Senado, - presumiendo que uno de ellos está facultado para recibir los emplazamientos -  de acuerdo con lo dispuesto en las Reglas de Procedimiento Civil?  Según entiendo, las Reglas que entraron en vigor el 1 de julio buscan eliminar los subterfugios, como el de esconderse para no ser emplazado, en procura de hacer «justicia, rápida y económica».

De todos modos, me parece que los tribunales, en casos como éstos de tanta notoriedad y trascendencia, deberían aplicar una norma de «conocimiento administrativo» a un funcionario como el Presidente del Senado, de que hay una acción judicial en su contra, y exigirle que responda ante el tribunal.  No hacerlo es prestarse al jueguito irresponsable y a la burla del pueblo.

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