viernes, 8 de abril de 2011

Otros dos «suicidios» en la carretera

Un nuevo dictamen judicial en un caso de tránsito vuelve a causar desazón, extrañeza y frustración. Un conductor ebrio que manejaba a exceso de velocidad impactó un vehículo, causándole la muerte a dos niños que iban de pasajeros. Inexplicadamente, la juez lo declaró culpable de manejar en estado de embriaguez nada más. Ergo, los niños se «suicidaron». Aparentemente, - porque, como de costumbre, no se ofrecen explicaciones para estas decisiones - el conductor tenía la luz verde a su favor, aunque parece que el semáforo no funcionaba bien, lo cual explicaría la «imprudencia» del otro conductor. Por supuesto, un conductor sobrio, transitando a velocidad prudente, pudo haberse percatado de la situación y evitado la tragedia. Pero, todo parece indicar que la juez creyó que la «negligencia» del otro cancelaba la del conductor ebrio que volaba bajito, criterio tan sorprendente como errado.

El hecho de que el causante de las muertes sea un policía plantea la sospecha de trato especial. Este caso ha tardado cerca de dos años, y en la esfera administrativa de la Policía aún está pendiente, como si el asunto fuera un «misterio teologal». He dicho antes que en nuestro país parece haber una renuencia institucional a condenar severamente a los causantes de muertes en «accidentes» de tránsito.

Decía un viejo profesor de Derecho que los abogados y los hombres casados siempre tenemos que dar razones. Los jueces - y las juezas, para complacer a las feministas furibundas - deben explicar decisiones como la de este caso, en que no se trata de un mero choque sin mayores consecuencias. Si las razones son buenas, no debe haber inconveniente en darlas. De lo contrario, se da margen a especulaciones que le hacen daño al Poder Judicial, minando la confianza y el respeto que lo legitima socialmente.

jueves, 7 de abril de 2011

Más poder

De vez en cuando, ocurren cosas que me dan esperanza acerca del estado del español en esta tierra. Hoy, en reunión muy grata con la Directora Administrativa de los Tribunales y personal de su Oficina, la juez Vélez Colón manifestó su propósito de «rescatar» el término Poder Judicial como uso oficial, en vez de Rama Judicial. Además de ser la primera la forma en que nuestra Constitución se refiere al tercer estamento del gobierno de forma republicana, nos vincula con la nomenclatura del mundo hispánico del cual somos parte. Lo de Rama viene del concepto Branch, de raigambre norteamericana.

Ahora, aprovechemos para hablar de acta, en vez de «minuta»; aplazamiento, en vez de «suspensión» y audiencia, en vez de «vista», entre otros términos judiciales, y le daremos más «poder» a nuestra lengua en los tribunales del país.

martes, 5 de abril de 2011

El olvido como «defensa»

Ha vuelto a ocurrir. Esta vez, toda una ginecóloga, ya madurita y con tres hijos, se«olvidó» del más pequeño, de poco menos de tres años y lo «cocinó» durante cinco horas dentro de su automóvil. Inmediatamente ha salido un coro de amigos y de profesionales de dudosa capacidad a exculparla, señalando los primeros un larguísimo catálogo de virtudes, y teorías psicológicas que explican lo inexplicable los segundos. Una psiquiatra se ha puesto hasta bíblica, citando aquello de que «el que esté libre de pecado, que tire la primera piedra».

Pues, aquí va.

No hay que estar libre de pecado para decir unas cuantas verdades. En primer lugar, éste es el cuarto caso desde 2005 que se registra en nuestro país. Creo que debemos empezar a pensar en la posibilidad de que se esté desarrollando un patrón criminal, lo que los americanos llaman copycat crimes. Es decir, alguien ve que una forma de cometer un delito da resultado, y la copia. He dicho antes que en mis muchos años de vida - todos los cuales se han dado en la era del automóvil - no recuerdo estos incidentes antes de 2005.

Independientemente de ello, lo cierto es que la responsabilidad primaria materna o paterna es velar por la vida y el bienestar de los hijos menores de edad. Hasta nuestro derecho civil lo reconoce, al designar el más alto nivel de cuidado en la sociedad como el que tendría un «buen padre de familia». Todos los que tenemos hijos conocemos ese  afán protector. Por eso, resulta incomprensible la falta de atención de una madre en estas circunstancias. El hecho de que no fuera ella quien llevaba el niño al cuido regularmente es una explicación tontísima de su negligencia. (Yo, que no hago la compra generalmente, no la dejo en el auto cuando voy al supermercado.) Me parece que precisamente porque no es lo usual es que uno se fija más y está más pendiente.

Repito lo dicho hace algún tiempo: hay un grado de negligencia que es criminal. La muerte de un menor de edad indefenso no se puede despachar con frases como «incidente desgraciado». Estas muertes no pueden seguir quedando impunes. Mientras no haya consecuencias penales severas para estos «descuidos», seguirán ocurriendo con pasmosa frecuencia.

lunes, 4 de abril de 2011

Falso pudor

Por poco se me olvida comentar algo que vi en el periódico de hace unos días. En un artículo acerca de una obra teatral se decía que los actores aparecerían «libres de ropa». Aunque he señalado antes esta manía de «libre» de esto y de lo otro - en parte por influencia del inglés free of o free from -  esto de la ropa me ha parecido el colmo. He dicho antes que los eufemismos tienen su función, sabiamente usados. Pero, se hace el ridículo cuando, en vez de decirse estar desnudo, se inventa una cosa como «libre de ropa».


Dejemos las tonterías. Llamemos las cosas por su nombre, sin caer en la vulgaridad, por supuesto. El desnudo en el arte no es algo que tengamos que disfrazar o vestir con el ropaje de expresiones absurdamente mojigatas. 

domingo, 3 de abril de 2011

«Tirando piedras»

La escritora Mayra Montero se ha unido al coro que denuncia la decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico que excluye a los adúlteros de la protección de la ley contra la violencia doméstica, pero, en ello, incurre en un error que es preciso señalar. Montero afirma que el resultado de la decisión es dejar desprovista de un remedio adecuado en ley a las adúlteras porque, según ella, «tienen que conformarse con remedios mucho más flojos e imperfectos». Veamos si eso es cierto.

En la Ley 54, sobre violencia doméstica, se dispone una pena de delito grave de cuarto grado en su mitad superior cuando se comete maltrato por fuerza física. De acuerdo con la normativa penal, se trata de una pena entre 6 meses y 3 años, es decir, 1 año con nueve meses. De cometerse maltrato agravado, la pena será de delito grave de tercer grado, en su mitad inferior, es decir entre 1 y 4 años, de un posible 1 a 8 años.

El Código Penal, por su parte, dispone que una agresión grave, apareja una pena de delito grave de cuarto grado, es decir, la de entre seis meses y tres años. A ello hay que agregarle las circunstancias agravantes que surgen del hecho de la superioridad física del hombre sobre la mujer o los medios empleados para agredir, lo cual aumentará la pena.

Como puede verse, no hay tal disparidad entre las penas que pueden imponerse por una u otra normativa.

En su obvio desconocimiento del Derecho, Montero insiste: «Si hubiera otras herramientas o remedios en ley que protegieran como es debido a las víctimas, no se habría creado la Ley 54, ni las salas especiales para atender estos casos.» Las hay; lo que ocurre es que la violencia doméstica - por el acceso del victimario a la víctima y la dinámica de su relación - tiene otras manifestaciones que es preciso atender de manera particular. Pero, el asunto de la agresión física - que es lo que estaba de por medio en este caso - puede ser atendido adecuadamente por el derecho penal general.

No obstante lo dicho anteriormente, concuerdo con los que señalan que la ley de violencia doméstica debe aplicar a cualquier pareja, esté casada o no lo esté. Pero, los fundamentos de las críticas deben ser correctos en Derecho. Lo contrario es, como decíamos cuando yo estudiaba abogacía, «tirar piedras».

sábado, 2 de abril de 2011

De mapos y mopas

Este día de limpieza casera, entre escobas, recogedores y otros implementos, me llevó a pensar en las formas distintas con las que nos referimos a las mismas cosas en el mundo hispanohablante. Por ejemplo, los puertorriqueños nombramos mapo al utensilio para limpiar el piso luego de barrerlo. Pero, es el caso que, por lo que dice el diccionario, este implemento es mopa, del inglés mop. Lo cual me recuerda que, cuando yo era niño, el piso se limpiaba con un trapo - primero a mano, y luego con un palo -  por lo que se hablaba de trapearlo. Cuando, con el tiempo, nos «modernizamos», usando el mapo, se pasó a decir mapear, variante nuestra del mopear en las casas sucias de otras latitudes.

En fin, que, con tanto hablar de limpieza, me he tenido que sentar a descansar con una cervecita fría...

viernes, 1 de abril de 2011

Decir la verdad para juzgar la verdad

El examen a los candidatos a jurado en el juicio contra el ex representante Farinacci es típico de lo que ocurre en estos procesos. Tomados de la comunidad, los candidatos reflejan las virtudes y los defectos del común de las gentes, en un procedimiento que depende, en gran medida, de la sinceridad de los interrogados. Sospecho que algunos que se muestran muy sinceros en admitir sus prejuicios lo hacen para de esa forma asegurarse de que serán rechazados, evitando así quedar comprometidos por un tiempo incierto, mientras desatienden sus asuntos. Otros lo hacen por temor a represalias de elementos del bajo mundo. Por supuesto, están los que por alegado prurito religioso «no juzgan a otro», cosa que dudo mucho que mantengan en su vida personal. Ésos son los que presumen de ser parte de «mi reino no es de este mundo», viendo con desdén la justicia terrenal.

En fin, este voir dire - algo así como «a decir verdad» - es el cernimiento de personas capaces de juzgar una causa «sin ánimo prevenido», afán de la justicia imperfecta del ser humano.